Patrimonio Mundial

 

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Los Estados Parte de la Convención de 1972

Los Estados Parte son aquellos países que se encuentran adheridos a la Convención de 1972. Al 18 de agosto de 2023, el número de Estados Parte suman un total de 195; cuyo listado se encuentra publicado en el siguiente link: http://whc.unesco.org/en/statesparties

La Convención invita a los Estados Parte de la Convención a asegurar la participación de la mayor cantidad de actores, entre ellos administradores de sitios, gobiernos locales y regionales, comunidades locales, organizaciones no gubernamentales (ONG) y otros socios e interlocutores interesados en la identificación, propuesta de inscripción y la protección de los bienes del Patrimonio Mundial.

Los Estados Parte de la Convención deben comunicar a la Secretaría los nombres y las direcciones de la(s) principal(es) entidad(es) gubernamental(es) responsable(s) de coordinar la aplicación de la Convención, a fin de que la Secretaría pueda enviar a estos coordinadores nacionales copia de la correspondencia y los documentos oficiales cuando sea preciso.

Se alienta a los Estados Parte a reunir periódicamente a sus expertos en patrimonio cultural y natural para analizar la aplicación de la Convención. Los Estados Parte podrían estar interesados en hacer participar a representantes de los organismos asesores y a otros expertos, cuando lo estimen pertinente.

Respetando plenamente la soberanía de los Estados en cuyos territorios se encuentre el patrimonio cultural y natural, los }Estados Parte de la Convención reconocen el interés colectivo de la comunidad internacional de cooperar en la protección de este patrimonio. Los Estados Parte de la Convención del Patrimonio Mundial, se comprometen a:

Compromiso de los Estados Parte de la Convención del Patrimonio Mundial
a) identificar, proponer inscripciones, proteger, conservar, revalorizar y transmitir a las generaciones futuras el patrimonio cultural y natural situado en su territorio, y prestar ayuda en estas tareas a otros Estados Parte que lo soliciten; h) no adoptar deliberadamente medidas que puedan causar daño, directa o indirectamente, a su patrimonio o al de otro Estado Parte de la Convención;
b) adoptar políticas generales encaminadas a atribuir al patrimonio una función en la vida colectiva; l) brindar su apoyo a las campañas internacionales de búsqueda de fondos organizadas en beneficio del Fondo del Patrimonio Mundial;

c) integrar la protección del patrimonio en los programas de planificación general;

j) realizar contribuciones periódicas al Fondo del Patrimonio Mundial por una cuantía de decidirá la Asamblea General de los Estados Parte de la Convención;

d) establecer servicios de protección, conservación y revalorización del patrimonio;

k) considerar o favorecer la creación de fundaciones o asociaciones nacionales públicas y privadas, que tengan por objeto estimular las donaciones a favor de la protección del Patrimonio Mundial;
e) llevar a cabo estudios científicos y técnicos para determinar medidas adecuadas que contrarresten los peligros que amenacen al patrimonio; l) brindar su apoyo a las campañas internacionales de búsqueda de fondos organizadas en beneficio del Fondo del Patrimonio Mundial;
f) adoptar las medidas jurídicas, científicas, técnicas, administrativas y financieras adecuadas, para proteger al patrimonio;i) presentar al Comité del Patrimonio Mundial un inventario de los bienes aptos para ser incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial (“La Lista Indicativa”); m) utilizar programas de educación y de información para estimular en sus pueblos el respeto y el aprecio del patrimonio cultural y natural definidos en los artículos 1 y 2 de la Convención, e informar ampliamente al público de las amenazas que pesen sobre ese patrimonio;
g) facilitar la creación o el desarrollo de centros nacionales o regionales de formación en materia de protección, conservación y revaloración del patrimonio y estimular la investigación científica en estos campos n) informar alComité del Patrimonio Mundial sobre la aplicación de la Convención y sobre el estado de conservación de los bienes.

Se alienta a los Estados Parte a asistir a las reuniones del comité del Patrimonio mundial y de sus órganos subsidiarios.

Definiciones tomadas de los “Textos básicos de la Convención del Patrimonio Mundial de 1972”.