Patrimonio Mundial

 

Email
Facebook
Twitter
Youtube
 

El Proceso de Inscripción

Para que un bien llegue a ser Patrimonio Mundial, debe pasar por las siguientes etapas:

 

  •  

    Lista Indicativa

    El primer paso que debe dar un Estado Parte para inscribir un bien cultural o natural en la Lista del Patrimonio Mundial, es preparar un “inventario” de los sitios del patrimonio cultural y natural situados dentro de sus fronteras nacionales. Este “inventario” conocido como Lista Indicativa, suministra la relación de bienes que un Estado Parte tiene la intención de proponer para su inclusión en la Lista del Patrimonio Mundial en el transcurso de los próximos cinco a diez años y puede ser utilizado e incrementado en todo momento. Es un paso de suma importancia dado que el Comité del Patrimonio Mundial no puede considerar una propuesta de inscripción en la Lista del Patrimonio Mundial a menos que el bien ya esté incluido en la Lista Indicativa.

  •  

    Expediente de Nominación

    Tras preparar una Lista Indicativa, un Estado Parte puede planificar en qué momento presentar una propuesta de inscripción. El Centro del Patrimonio Mundial ofrece asesoría y ayuda al Estado Parte en la preparación de este expediente, que debe ser lo más exhaustivo posible, asegurándose de que contiene mapas y la documentación necesaria. La propuesta de inscripción se somete al Centro del Patrimonio Mundial que la examina  y verifica que incluya toda la documentación requerida. Una vez que el expediente está completo, el Centro del Patrimonio Mundial lo transmite a los órganos consultivos para su evaluación.

     

     

  •  

    Órganos Consultivos de la Convención

    Un bien propuesto para su inscripción es objeto de una evaluación independiente por parte de los Órganos Consultivos con mandato en la Convención del Patrimonio Mundial, siendo estos: el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) y la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN), los que presentan al Comité del Patrimonio Mundial la evaluación y las recomendaciones respecto a la inscripción de los sitios culturales y naturales propuestos. El tercer órgano consultivo es el Centro Internacional de Estudios para la Conservación y la Restauración de los Bienes Culturales (ICCROM), una organización intergubernamental que proporciona al Comité asesoría especializada en conservación de bienes culturales, así como en actividades de formación, y puede ser convocado para evaluar los expedientes de candidatura a Patrimonio Mundial, de ser el caso, o los informes sobre el estado de conservación de los bienes inscritos

     

     

  •  

    Comité del Patrimonio Mundial

    Una vez que un bien ha sido propuesto y evaluado por los Órganos Consultivos, corresponde al Comité intergubernamental del Patrimonio Mundial adoptar la decisión final sobre su inscripción. Una vez al año, el Comité se reúne para decidir qué bienes serán inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial. Puede también remitir el expediente a los Estados Partes para complementar la información de los sitios o aplazar el expediente para su reformulación.

  •  

    Criterios

    Para ser incluidos en la Lista del Patrimonio Mundial, los bienes deben tener un valor universal y cumplir con por lo menos uno de los diez criterios de selección. Dichos criterios están indicados en la Directrices Prácticas sobre la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial que aparte del texto de la Convención, es el instrumento de trabajo principal en todo lo que se refiere al Patrimonio Mundial. El Comité revisa regularmente dichos criterios que reflejan una evolución del concepto mismo de Patrimonio Mundial.

  •  

    Compromiso

    Con la inscripción de un sitio en la Lista del Patrimonio Mundial no concluye el proceso. Los administradores del sitio y las autoridades locales siguen trabajando en la gestión, supervisión y preservación de los bienes del Patrimonio Mundial. Los Estados Partes tienen la obligación de preparar informes periódicos acerca del estado de conservación y de las diversas medidas de protección adoptadas en sus sitios. Estos informes permiten al Comité del Patrimonio Mundial evaluar el estado de los sitios y, llegado el caso, decidir su es necesario tomar medidas específicas para resolver problemas recurrentes, incluida la inscripción de un bien en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro.

    El proceso de información periódica proporciona una evaluación acerca de la aplicación de la Convención de Patrimonio Mundial por los Estados Partes. También suministra información actualizada acerca de los bienes para registrar posibles cambios en su estado de conservación. Los informes periódicos- presentados por los propios Estados Partes- son preparados por región y examinados por el Comité del Patrimonio Mundial según su calendario preestablecido en un ciclo de seis años. Los resultados se incluyen en el informe que el Comité del Patrimonio Mundial presenta a la Conferencia General de la UNESCO.

     

     

    Cuadros elaborados en base a la “Carpeta de información sobre el Patrimonio Mundial”. Centro del Patrimonio Mundial de la UNESCO.