El Comité intergubernamental de protección del patrimonio mundial cultural y natural, llamado también Comité del Patrimonio Mundial “está integrado por 21 miembros y se reúne al menos una vez al año (en junio o julio). Nombra una Mesa Directiva, que se reúne todas las veces que se considere necesario durante las sesiones del Comité. Puede consultarse la composición del Comité y de su mesa Directiva en la siguiente página web: https://whc.unesco.org/en/committee/
El mandato de los miembros del Comité es de seis años, pero, a fin de garantizar una representación equitativa y la rotación en el seno del Comité, la Asamblea General invita a los Estados Parte a considerar la reducción voluntaria de su mandato de seis a cuatro años y a no solicitar mandatos consecutivos.
Las decisiones del Comité están fundadas en consideraciones objetivas y científicas, y toda evaluación realizada en su nombre debe efectuarse de manera detallada y responsable. El Comité reconoce que tales decisiones requieres:
- Una documentación preparada cuidadosamente;
- Procedimientos minuciosos y coherentes;
- Una evaluación por parte de expertos calificados y;
- Si es preciso, peritajes complementarios”.
(*Fuente: “Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial” en su párrafo 19 al 23)
El Comité del Patrimonio Mundial también cuenta con el apoyo de la Mesa del Patrimonio Mundial que es aquella que se encuentra conformada por siete miembros del Comité y se encargada de preparar el trabajo del Comité.
El Perú ha sido miembro del Comité del Patrimonio Mundial en las siguientes sesiones de la Asamblea General de Estados Partes de la Convención del Patrimonio Mundial:
- 7 ª Asamblea General de Estados Partes en la Convención del Patrimonio Mundial que se realizó del 09 al 13 de noviembre de 1989 por los periodos 1991, 1992, 1993, 1994
- 15 ª Asamblea General de Estados Partes en la Convención del Patrimonio Mundial que se realizó del 10 al 11 de octubre de 2005 por el periodo 2006, 2007, 2008 y 2009.
- 19ª Asamblea General de Estados Partes en la Convención del Patrimonio Mundial, que se realizó del 19 al 21 de noviembre del 2013 por el periodo 2014, 2015, 2016 y 2017.
Por otro lado, “Las principales funciones del Comité, en colaboración con los Estados Parte son:
Funciones del Comité del Patrimoni Mundial | |
a) Determinar, sobre la base de las propuestas de inscripción presentadas por los Estados Partes, los bienes culturales y naturales de Valor Universal Excepcional que serán protegidos en el marco de la Convención, e inscribirlos en la Lista del Patrimonio Mundial; | f) determinar la manera más adecuada de utilizar los recursos del Fondo del Patrimonio Mundial para ayudar a los Estados Partes a preservar sus bienes de Valor Universal Excepcional |
b) examinar el estado de conservación de los bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial mediante los procesos de monitoreo (véase el capítulo IV) reactivo y presentación de informes periódicos (véase el Capítulo V); Artículos 1.7 y 29 de la Convención del Patrimonio Mundial. | g) buscar formas de aumentar el Fondo del Patrimonio Mundial; d) decidir si un bien debe ser suprimido de la Lista del Patrimonio Mundial (véase el Capítulo IV de la Convención); |
c) decidir cuáles de los bienes inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial habrán de incluirse o ser retirados de la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro; Artículos 11.4 y 11.5 de la Convención del Patrimonio Mundial. | h) presentar un informe sobre sus trabajos cada dos años a la Asamblea General de los Estados Partes y a la Conferencia General de la UNESCO; |
d) Decidir si un bien debe ser suprimido de la Lista del Patrimonio Mundial (véase el Capítulo IV de la Convención) |
i) examinar y evaluar periódicamente la aplicación de la Convención; |
e) determinar el procedimiento de examen de las solicitudes de asistencia internacional y efectuar los estudios o las consultas que estime necesarios antes de tomar una decisión (véase el Capítulo VII); Artículos 21.1 y 2.3 de la Convención del Patrimonio Mundial. | j) revisar y adoptar las Directrices Prácticas. |
Para facilitar la aplicación de la Convención, el Comité elabora Objetivos Estratégicos, que son sometidos a exámenes y revisiones periódicos para definir las metas y objetivos del Comité a fin de garantizar una respuesta eficaz a los nuevos peligros que amenazan el Patrimonio Mundial.
Los Objetivos Estratégicos actuales (también denominados “las cinco C”) son los siguientes:
- Aumentar la Credibilidad de la Lista del Patrimonio Mundial;
- Garantizar la Conservación eficaz de los bienes del Patrimonio mundial;
- Promocionar una Capacitación eficaz en los Estados Parte;
- Aumentar la sensibilización, la participación y el apoyo públicos al Patrimonio Mundial mediante la Comunicación;
- Fortalecer el papel de las Comunidades en la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial. (“Directrices Prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial” en su párrafo 24 al 26)